Con la LOMCE aprobada ahora empiezan a conocerse los desarrollos legislativos. Como no podía ser de otra forma responden a una directrices ideológicas y a una concepción de la educación donde el resultado es lo que prima y los centros no están libres de tal consideración. De nuevo se genera alarmismo y sin realizar ningún tipo de evaluación acerca de la dirección de los centros, se decide que los centros están mal dirigidos y hay que convertir a los Directores en en verdaderos jefes de personal, en directores de empresa (porque así se concibe a los centros) y sobre todo buscar a personas más vinculados a la administración que a la propia comunidad educativa de los centros que dirigen. Y así nos encontramos con el decreto de dirección y de plantillas de Cataluña que va más allá y contempla la posibilidad de que el Director pueda elegir a la mayoría del profesorado del centro. Define algo más. Le da potestad al Director para que el docente que no consigue los objetivos (según el Director) se le impida impartir docencia durante dos años, otorgándole otras funciones y sin cobrar el complemento específico y para, posteriormente, poder incorporarse tendrá que pasar una prueba de idoneidad. ¿Y el papel de la administrución, y el de la propia inspección?.
Rompe de esta forma con la objetividad, méritos y antigüedad que prima en el CGT. Para moverse al centro que se desea primará más conocer al director de turno y coincidir con él ideologicamente que tener los puntos suficientes para ocupar una plaza en dicho centro. Frente a la objetividad primará el "amiguismo", frente a los méritos "la coincidencia ideológica con el director" y frente a la antigüedad "la sumisión" ante el director. Esa será la triste realidad que nos espera.
¿Quién vigilará al Director si la propia LOMCE le quita competencias al Consejo Escolar dejándolo como un órgano meramente consultivo?.
Con el Decreto de Cataluña sobre la dirección y plantillas de los centros, el Director se convierte en un "jefe de personal" con todos los poderes y sin la obligación de compartir sus decisiones. Podrá elegir para su centro una especialización curricular y en función de ella seleccionar por un lado al profesorado y por otro al alumnado del centro. Desde nuestra Organización siempre hemos defendido el concepto de autonomía escolar vinculada a desarrollar el proyecto de centro, pero no defendemos que en base al concepto de autonomía se pueda cambiar la política de movilidad del personal ni tampoco el poder seleccionar al alumnado. Al paso que vamos veremos las contradicciones del sistema educativo inglés trasladadas a nuestro país. Habrá centros de élite con un currículo especial y bastantes más recursos y centros "guetos" que recogen al alumnado que no pueda entrar en los centros de élite. Y todo ello vinculado a la carrera competitiva de mejorar el status de los centros en los rankings públicos de clasificación para poder mejorar los salarios de los docentes y aumentar los recursos de los centros.
La función de dirigir un centro es tarea difícil, nadie lo niega. La formación es pieza clave para formar en las diversas variables que se necesita para ser un buen Director. Lo primero que necesitamos saber es ¿qué tipo de dirección queremos para nuestros centros?, porque dependiendo de la contestación vamos a orientar los requisitos y la formación que deben recibir. Para nosotros la dirección tienen que ser participativa, democrática y controlada no sólo por la administración sino por la comunidad educativa. En base a ello parece insuficiente las 120 horas y deberíamos fijarnos en los países que superan estas horas (incluso algunos les exigen para ser directores un máster) con periodo de prácticas en los centros. Es importante en la formación complementar el conocimiento normativo, con las redes de comunicación o como gestionar las relaciones humanas y la resolución de conflictos. Tener claro el modelo pedagógico a desarrollar por el Claustro y fomentar como modelo de centro las reglas democráticas. La configuración de las propias estructuras de los centros son herramientas educativas para los alumnos.
Rompe de esta forma con la objetividad, méritos y antigüedad que prima en el CGT. Para moverse al centro que se desea primará más conocer al director de turno y coincidir con él ideologicamente que tener los puntos suficientes para ocupar una plaza en dicho centro. Frente a la objetividad primará el "amiguismo", frente a los méritos "la coincidencia ideológica con el director" y frente a la antigüedad "la sumisión" ante el director. Esa será la triste realidad que nos espera.
¿Quién vigilará al Director si la propia LOMCE le quita competencias al Consejo Escolar dejándolo como un órgano meramente consultivo?.
Con el Decreto de Cataluña sobre la dirección y plantillas de los centros, el Director se convierte en un "jefe de personal" con todos los poderes y sin la obligación de compartir sus decisiones. Podrá elegir para su centro una especialización curricular y en función de ella seleccionar por un lado al profesorado y por otro al alumnado del centro. Desde nuestra Organización siempre hemos defendido el concepto de autonomía escolar vinculada a desarrollar el proyecto de centro, pero no defendemos que en base al concepto de autonomía se pueda cambiar la política de movilidad del personal ni tampoco el poder seleccionar al alumnado. Al paso que vamos veremos las contradicciones del sistema educativo inglés trasladadas a nuestro país. Habrá centros de élite con un currículo especial y bastantes más recursos y centros "guetos" que recogen al alumnado que no pueda entrar en los centros de élite. Y todo ello vinculado a la carrera competitiva de mejorar el status de los centros en los rankings públicos de clasificación para poder mejorar los salarios de los docentes y aumentar los recursos de los centros.
La función de dirigir un centro es tarea difícil, nadie lo niega. La formación es pieza clave para formar en las diversas variables que se necesita para ser un buen Director. Lo primero que necesitamos saber es ¿qué tipo de dirección queremos para nuestros centros?, porque dependiendo de la contestación vamos a orientar los requisitos y la formación que deben recibir. Para nosotros la dirección tienen que ser participativa, democrática y controlada no sólo por la administración sino por la comunidad educativa. En base a ello parece insuficiente las 120 horas y deberíamos fijarnos en los países que superan estas horas (incluso algunos les exigen para ser directores un máster) con periodo de prácticas en los centros. Es importante en la formación complementar el conocimiento normativo, con las redes de comunicación o como gestionar las relaciones humanas y la resolución de conflictos. Tener claro el modelo pedagógico a desarrollar por el Claustro y fomentar como modelo de centro las reglas democráticas. La configuración de las propias estructuras de los centros son herramientas educativas para los alumnos.
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